La Xunta de Galicia abre la convocatoria de ayudas para el programa Aluga, lo que permitirá al Instituto Gallego de la Vivenda y Suelo destinar en los próximos dos años un total de 11.531.512 euros a ayudas a las familias beneficiarias de viviendas en régimen de alquiler a través del programa Aluga. El Diario Oficial de Galicia publica hoy la Resolución por la que se regula la convocatoria de ayudas de 2012, después de que el Consello da Xunta de Galicia había aprobado, en su reunión de la semana pasada, los compromisos de gasto plurianuales para 2012 y 2013, dado que las ayudas del programa Alquila se conceden para períodos de doce meses, de manera que la mayor parte de los contratos firmados en 2012 tendrán también anualidades en 2013.
El compromiso de gasto aprobado asciende a 7,72 millones de euros. La esta cuantía hay que sumar otros 3.808.512 euros incluidos en el presupuesto del IGVS, correspondientes a los contratos de alquiler firmados en 2011 y que tienen anualidad en 2012. De este modo, la cuantía total asciende a 11.531.512 euros.
Las ayudas están dirigidas a los inquilinos para la financiación parcial de la renta, en un porcentaje que va desde un 30% hasta un 70%, según el tramo de ingresos. La ayuda incrementará en 10 puntos porcentuales cuando se trate de víctimas de violencia de género. El número estimado de beneficiarios se cifra en más de 3.000.
El Programa Aluga, que entró en vigor a comienzos de agosto de 2010, está dirigido al fomento del alquiler de viviendas en la Comunidad Autónoma de Galicia. A través del pueden acceder a las ayudas para el alquiler todos los interesados con ingresos inferiores a 3,5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples (Iprem), inscritos en el Registro Único de Demandantes de Vivienda y residentes en Galicia o que desarrollen su trabajo en nuestra comunidad autónoma.
Condiciones de los beneficiarios
Para acceder a los beneficios del Programa Alquila los solicitantes deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
• Ingresos anuales ponderados entre 0,7 y 3,5 veces el Iprem. El límite mínimo de ingresos (0,7 veces el Iprem) no será preciso acreditarlo en el caso de colectivos cualificados, que se definen más adelante
• Estar inscritos o anotados en el Registro Único de Demandantes de Vivienda (Sección 4ª, Demandantes de vivienda en régimen de arrendamiento incorporada al Programa Alquila)
• No ser titulares de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna vivienda
• Estar al día en sus deberes tributarios
• Residir o desarrollar su actividad laboral en un municipio de la Comunidad Autónoma de Galicia
• No estar recibiendo ayudas para el alquiler de la Xunta de Galicia. No podrán acceder a las ayudas del Programa Aluga los que ya recibieron ayudas para el alquiler durante cinco años, excepto cuando ya transcurrieran dos años desde la última mensualidad subvencionada
En el proceso de selección de inquilinos para las viviendas incorporadas al Programa Alquila tendrán preferencia las unidades familiares o de convivencia con ingresos que no superen 2,5 veces el Iprem y, dentro de ese rango de ingresos, los colectivos definidos como prioritarios y los cualificados, que son los siguientes:
Los colectivos prioritarios, dentro de los distintos tramos de ingresos, son los siguientes:
• Menores de 35 años y mayores de 65.
• Familias numerosas.
• Familias monoparentales con hijos.
• Personas separadas o divorciadas, al día en el pago de pensiones alimenticias y compensatorias, si es el caso.
• Los considerados “colectivos cualificados” que se definen a continuación.
Los colectivos calificados son las unidades familiares o de convivencia con ingresos anuales ponderados inferiores a 0,7 veces el Iprem que pertenezcan a alguno de los siguientes grupos:
• Mujeres víctimas de violencia de género.
• Personas dependientes o con discapacidad oficialmente reconocida, y las familias que las tengan a su cargo.
• Emigrantes retornados, en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud.
• Perceptores de la renta de integración social (Risga).
• Perceptores de pensiones.
Ayudas a inquilinos
El porcentaje de subvención al alquiler va desde un 30% hasta un 70%, mientras que en el antiguo programa de vivienda al alquiler la subvención máxima era del 60%.
La cuantía de la ayuda se fija en atención a porcentajes máximos sobre la renta mensual del alquiler, según tramos de ingresos y colectivos