El Plan Sectorial de Ordenación de Áreas Empresariales de Galicia declarado de incidencia supramunicipal será sometido a exposición pública durante el plazo de dos meses
redacción GECG - 8/12/2011
El Consello de la Xunta acordó este miércoles declarar como de incidencia supramunicipal el Plan Sectorial de Ordenación de Áreas Empresariales de Galicia y determina que es la consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, a través del IGVS, el órgano competente para la elaboración, el impulso y la tramitación del procedemento para su aprobación.
El inicio del procedemento para la elaboración y aprobación de este plan sectorial fue acordado por el Consello de la Xunta el pasado 18 de febreiro de 2010. Una vez declarada a incidencia supramunicipal el plan será sometido a exposición pública durante el plazo de dos meses, previéndose su aprobación definitiva despoés del verano de 2012.
El plan sectorial ordenará una superficie de suelo empresarial de máis de 42,7 millones de metros cadrados que se desarrollará hasta los próximos años, con una inversión estimada que supera los 2.500 millóns de euros.
Obxectivos
El Plan Sectorial de Ordenación de Áreas Empresariales en la Comunidad Autónoma de Galicia tiene como objectivo fundamental cuantificar y localizar la superficie necesaria de suelo empresarial que debe urbanizarse en el horizonte anual del plan sectorial para cubrir las necesidades de la demanda estimada y, a la vez, definir los ámbitos del territorio susceptibles de acoger actuaciones de carácter empresarial para cubrir a largo plazo las necesidades de suelo empresarial derivadas de la aplicación de las directrices de ordenación del territorio, mediante el estudio de la capacidad de acogida del territorio para actividades empresariales.
Con objecto de abordar la planificación, y con carácter previo, se realizó un análisis de todo el territorio de la comunidad autónoma, análisis encaminado a determinar las zonas del territorio que pueden considerarse susceptibles de acoger áreas de suelo destinado a uso empresarial, teniendo en cuenta los aspectos relativos al medio físico, estructura del territorio, características socioeconómicas, valores ambientales, paisajísticos o estratégicos, elementos del patrimonio cultural, redes de infraestructuras viarias, ferroviarias, nudos de transporte, infraestructuras de servizos, entre otras.
El desarrollo del plan sectorial permitirá cubrir los déficits de suelo empresarial, tratando de reducir los desequilibrios intercomarcales existentes en la actualidad, a través de actuaciones en la propia comarca o por medio del superávit de suelo empresarial existente en las comarcas adyacentes.