Los trabajadores, con empleo temporal o discontinuo, tendrán acceso a la asistencia sanitaria en los períodos en que el trabajador no esté dado de alta en la Seguridad Social.
La consellería de Sanidad facilitará la asistencia sanitaria continuada a los ciudadanos despedidos en Galicia, que automáticamente accederán a ella como trabajador, como persona sin recursos o como beneficiario, y podrán recibir una atención de mayor calidad por parte de la Administración sanitaria.
Así, y tal y como anunció la Consellería de Sanidad el 27 de julio, la Administración Sanitaria de Galicia se convierte en la primera en adaptar sus trámites a la situación socioeconómica actual; ya que el aumento del número de desempleados ha conducido a que muchos trabajadores con entradas intermitentes en el mercado laboral tengan que estar tramitando constantemente el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria, bien como trabajador -por el tiempo que había durado el trabajo y el subsidio- bien como persona sin recursos o como beneficiario, ante el Instituto Nacional de Seguridad Social y, después, ante las unidades provinciales de tarjeta sanitaria de la Consellería de Sanidad y el Servicio Gallego de Salud.
En este sentido, las dos vías contempladas en la Seguridad Social para el reconocimiento del derecho a las prestaciones sanitarias para estos casos -y que dan derecho a la asistencia sanitaria en todo el Estado español- son ponerse como beneficiario de un titular de la Seguridad Social con el que conviva y del que dependa económicamente; o solicitarla como persona sin recursos económicos suficientes, si se cumplen los requisitos.
Mediante este proyecto normativo, la consellería de Sanidad acaba de regular asimismo la racionalización del reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria de otras personas, como los extranjeros comunitarios pertenecientes a países de la Unión Europea con seguridad social propia o de países terceros, pero que cuentan con sistema de aseguramento también propio. Esta medida se enmarca en el plan de preparación del SERGAS a la aplicación de esta directiva recién aprobada en la Unión Europea, y que entrará en vigor en el último trimestre de 2013.
De este modo, la consellería de Sanidad podrá emitir el cargo de gasto de asistencia al INSS y este a la entidad aseguradora del país de origen, que es la que debe cubrir el reconocimiento y realizar la compensación económica de la asistencia sanitaria prestada a sus asegurados.
Esta Orden, además, viene de aplicar los mismos criterios de residencia en ayuntamientos de Galicia que se aplican a los ciudadanos españoles que, por razones de trabajo o familiares, pasan más de un cierto tiempo en nuestra comunidad.