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El Consejo autoriza anticipos superiores al 10 por ciento en las ayudas para las organizaciones profesionales agrarias

redacción GECG - 20/3/2010

El Consello de la Xunta autorizó la concesión de anticipos superiores al 10 por ciento del importe de las subvenciones, en el momento de la concesión, en la orden de la consellería de en medio Rural por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a organizaciones profesionales agrarias para actividades de interés agrario y si procede a su convocatoria para el año 2010.

Esta autorización se hace de conformidad con el establecido en el artículo 63 del Decreto 11/2009, del 8 de enero, por lo que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, que establece que es precisa una autorización del Consello da Xunta para hacer efectivos anticipos de hasta un 70% del imponerte de la subvención.
La finalidad de estas ayudas, cuya convocatoria se publicará próximamente en el Diario Oficial de Galicia, es la realización de actividades de representación y de formación de los asociados de las organizaciones profesionales agrarias con implantación en Galicia y de los agricultores gallegos en general.

Actividades subvencionables

Las actividades subvencionables al amparo de esta convocatoria son los costos derivados de actividades que se relacionan con las funciones y actuaciones que les son propias la estas organizaciones conforme la normativa; funciones comunes de gestión interna, así como las representaciones ante las instituciones.

También serán objeto de subvención a participación en los órganos colegiados, comisiones y mesas sectoriales para la defensa de los intereses de sus representantes; la formación de los asociados y familiares y, por último, el impulso del asociacionismo agrario.

Pago del anticipo

Una vez dictada la resolución, que se le notificará a las entidades interesadas en el plazo de diez días, estas podrán solicitar el pago de un anticipo de hasta el 70 por ciento del imponerte total concedido. La solicitud de este anticipo se realizará delante de la Consellería de en medio Rural en el plazo de quince días a partir de la notificación de la resolución de concesión. La liquidación del importe final de las ayudas concedidas se calculará en función de las
facturas, documentación y demás justificantes que los solicitantes deben presentar. El importe total de los fondos orzamentados para estas ayudas asciende a 727.263 euros.

 
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