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Baiona contará con un área de rehabilitación, según indicó el director general del IGVS en la visita a la localidad pontevedresa

redacción GECG - 12/3/2010

El Ayuntamiento de Baiona podría contar próximamente con un área de rehabilitación que comprenda su casco histórico, segundo indicó el director general del Instituto Gallego de la Vivenda e Solo, Antonio Boné, en la visita la este Ayuntamiento para conocer la situación del incluso y el estado de la tramitación municipal dirigida a la declaración de dicha área de rehabilitación.

El director general del IGVS se reunió en Baiona con el alcalde de la localidad, Jesús Vázquez Almuíña, quien le expresó el deseo de que la localidad cuente en un futuro próximo con un área de rehabilitación que permita mejorar las condiciones de los edificios y viviendas de la localidad, así como la urbanización del entorno. Según el alcalde, los trámites municipales están ya muy avanzados hacia declaración del área.

El ayuntamiento deberá elaborar y remitir al IGVS una memoria en la que se detalle la delimitación del área que se solicita e incluya datos tales como el número de viviendas existentes en dicha delimitación, su estado, la necesidad de rehabilitación o las condiciones socioeconómicas de la zona prevista.

La declaración del área de rehabilitación es competencia de la Xunta de Galicia. Una vez declarada se firman convenios anuales entre el IGVS, el Ayuntamiento y el Ministerio de Vivienda en el que se establecen el número de actuaciones a realizar con cargo al incluso y la inversión máxima de las administraciones autonómica y estatal para la consecución de dichos objetivos. Las ayudas del área de rehabilitación son compatibles con las ayudas autonómicas de rehabilitación de viviendas en conjuntos históricos.

Ayudas para rehabilitación

El Plan de Vivienda establece tres tipos de áreas de rehabilitación:

- Áreas de rehabilitación, situadas en zonas urbanas pero fuera de los cascos históricos
- Áreas de rehabilitación en conjuntos históricos, que son la mayor parte de las gallegas.
- Áreas de rehabilitación en núcleos rurales.

Los propietarios de edificios y viviendas emplazados en las áreas de rehabilitación, con una antigüedad superior a 10 años y destinados la residencia habitual y permanente del propietario o al alquiler, pueden acceder a ayudas de hasta 11.600 por actuación.

En las áreas de rehabilitación emplazadas en conjuntos históricos o núcleos rurales a subvención puede conseguir el 75 por ciento del presupuesto, con el límite indicado de 11.600 euros. En las restantes áreas, en las que no existen los condicionantes de las zonas históricas y rurales, el porcentaje de la subvención puede ser de un máximo del 65 por ciento del presupuesto, con un límite de 10.500 euros.


Subvenciones para rehabilitación de edificios e viviendas
 
Xunta de Galicia
Ministerio de Vivienda
 
%
Importe máximo €
%
Importe máximo €
Áreas de rehabilitación
25
5.000
40
5.500
Áreas de rehabilitación en conjuntos históricos
25
5.000
50
6.600
Áreas de rehabilitación en núcleos rurales
25
5.000
50
6.600

Además, se podrá acceder a un préstamelos, sin subsidiación, la un plazo máximo de 15 años, con 3 de carencia.

En los casos de áreas de rehabilitación emplazadas en conjuntos históricos, las ayudas del área serán compatibles con otras ayudas de rehabilitación en conjuntos históricos que financia en exclusiva la Xunta de Galicia. El incluso sucederá con las áreas de rehabilitación en núcleos rurales, cuyas ayudas serán compatibles con las de rehabilitación rural. Estas ayudas de rehabilitación en conjuntos históricos y las de rehabilitación rural consiguen el 50 por ciento del presupuesto. Sumadas las ayudas del área de rehabilitación y de conjuntos históricos pueden conseguir como máximo el 75 del presupuesto.

Ayudas para urbanización

Por otro lado, los ayuntamientos podrán acceder a subvenciones para la realización de obras de urbanización y reurbanización en el ámbito de las áreas de rehabilitación.

En las áreas de rehabilitación emplazadas en conjuntos históricos y núcleos rurales esta subvención puede conseguir el 60 por ciento del presupuesto de las obras, siempre que el importe de la subvención para urbanización y reurbanización no supere el 60 por ciento del imponerte total de subvenciones destinadas la rehabilitación de edificios y viviendas.

En las restantes áreas de rehabilitación el importe de las subvenciones será como máximo del 40 por ciento, siempre que el importe de la subvención para urbanización y reurbanización no supere el 40 por ciento del imponerte total de subvenciones destinadas la rehabilitación de edificios y viviendas.

Importe máximo de la subvención (% de presupuesto de las obras)
 
Xunta de Galicia
Ministerio de Vivienda

Áreas de rehabilitación

20
20

Áreas de rehabilitación en conxuntos históricos

30
30

Áreas de rehabilitación en núcleos rurais

30
30

Viviendas rehabilitadas

Desde la creación de la figura de las áreas de rehabilitación en 1996, en el marco del Plan de Vivienda 1996-1999, se incluyeron en convenios un total de 8.688 viviendas en las 50 áreas de rehabilitación existentes en Galicia, con la siguiente distribución por provincias:

Objetivos en nº de viviendas
A Coruña
3.380
Lugo
2.159
Ourense
1.692
Pontevedra
1.457
TOTAL
8.688

 
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